REQUISITOS PARA SER PRESTADOR DEL S.A.C.
-- Estar matriculado en el distrito I y habilitado para el ejercicio profesional según la ley
10.306.
b- Presentar currículo vital, donde conste todo lo actuado en el área de la psicología.
c- Presentar constancia de tratamiento psicológico personal.
d- Presentar constancia de supervisión profesional, de un tiempo mínimo de un año en la práctica.
e- Presentar certificado de ética profesional, a ser solicitado en la secretaría del Colegio de
Psicólogos.
f- Detallar el área de desempeño y práctica profesional.
g- Firmar una declaración jurada que lo liga al SAC, y en la cual se compromete a cumplir con la reglamentación vigente, ateniéndose a su exclusión del servicio por incumplimiento sin debida justificación. En caso de pretenderse el cese de la prestación
SAC, deberá ser comunicado por escrito a la comisión SAC, pudiéndose reinscribir en los próximos llamados.
REQUISITOS DE LOS PSICOTERAPEUTAS DEL S.A.C.
- Poseer el pago de matrícula al día.
- Para hacer efectivo el cobro de bonos, deberán ser presentados, el último día hábil del mes, en la secretaría del Colegio y su cobro tendrá lugar en las fechas establecidas a tal fin por la secretaría. Sobre el valor de los bonos se hará una retención para gastos administrativos del 4 (cuatro) por ciento.
- No exceder en ningún caso el cupo de 64 (sesenta y cuatro) turnos mensuales. Asimismo la cantidad de pacientes que admitirá, no será mayor a 8 (ocho).
- No podrá exceder los dos turnos semanales por paciente, salvo excepciones especiales, previa evaluación conjunta entre terapeuta y Comisión SAC.
- El prestador podrá elegir supervisor dentro del listado que a tal efecto dispone el Servicio.Se podrá supervisar por medio del SAC sólo los casos atendidos dentro del mismo sistema.
- En caso de elegir supervisor particular, se considerara como válida, aquella supervisión que sea realizada por un profesional psicólogo.
- En caso de considerarse oportuna la extensión de tratamiento de 24 a 48 entrevistas según la situación particular de cada paciente, el prestador deberá solicitar a la comisión SAC la recontratación. La misma se llevará a cabo mediante la presentación de la planilla correspondiente y la actualización de la HC. Hasta no ser autorizada la misma por la comisión SAC, no serán expendidos los bonos con numeración 25 en adelante para ese paciente.
- Como prestador SAC deberá presentar cada 2 años la actualización de certificados de tratamiento psicológico personal, supervisión clínica y ética profesional; este último será requerido en la secretaría de este Colegio, para lo cual será requisito indispensable la vigencia en el pago de la matrícula. De no presentar dicha documentación en el plazo establecido (del 1 al 30 de junio del año en curso), será considerado renunciante al servicio, pudiendo reincorporarse en el año próximo.
- Deberá presentar al ingreso de cada paciente, la historia clínica correspondiente con los datos requeridos, y completar, mensualmente, la planilla de registro epidemiológico con ingresos y egresos (mensuales), si los hubiere. Transcurridos 45 días de la primera entrevista, de no haber presentado dicha documentación será considerado renunciante al servicio, pudiendo incorporarse nuevamente al año siguiente.
En relación al presente reglamento, el prestador podrá solicitar a la comisión actuante los trámites de excepción debidamente fundamentados, como así también, cualquier sugerencia o modificación que considere oportuna.
Si, el prestador, quedara excluido del servicio SAC, por cualquiera de las razones especificadas en el presente reglamento, desde ese preciso momento, no se expenderán bonos a su nombre, sin excepción, hasta su próxima reincorporación en fechas establecidas a tal fin.
- REQUISITOS DE LOS ADMISORES S.A.C.
- No podrá ser prestador y Admisor SAC al mismo tiempo.
- Acreditar como mínimo, cinco años de matriculación y desempeño profesional.
- Haberse desempeñado como prestador SAC, por un tiempo no menor a tres años.
- Presentar certificado de ética, supervisión y tratamiento psicológico, adjuntando currículum vital.
- Deberá acceder a una entrevista conjunta con la Comisión SAC y el Consejo Directivo, a cargo de la selección del Admisor de turno.
- Completar y firmar una declaración jurada que lo ligará al SAC por el término de dos años. Contará con la posibilidad de renunciar cuando desee, lo cual deberá realizarse con un mes de anticipación y dirigiéndose por escrito a la comisión SAC. Posteriormente no podrá ser seleccionado por un período de dos años, pudiendo reintegrarse como admisor SAC, luego de transcurrido este tiempo.