RG 4290 - Monotributo

Estimados Profesionales:

                                             Informamos que por medio de la RG 4290  deben emitirse en forma electrónica los siguientes comprobantes: facturas, notas de débito y crédito tipo “A”, “B”, “C” y “E”. Por consiguiente para los Responsables Inscriptos que no se encuentren emitiendo sus comprobantes de manera electrónica y  Monotributistas a partir de la fecha en que resulten obligados de acuerdo al cronograma de implementación, el Colegio no podrá recibir los comprobantes que no cumplan con la normativa vigente.

La factura en papel queda limitada  para ser utilizada de manera excepcional ante inconvenientes o inoperatividad del sistema on line y con las limitaciones que marca la normativa.

Afip determino un cronograma de fechas para cumplir con esta disposición para las distintas categorías de Monotributo. Les sugerimos que consulte con su contador la fecha en que deberá implementar tal obligación, de acuerdo a su categoría en el impuesto.

Cordialmente

                       Consejo Directivo